La soberanía alimentaria
y el control sobre los recursos naturales

La soberanía alimentaria
y el control sobre los recursos naturales

Introducción

A lo largo de la historia, “las relaciones de las mujeres y los hombres con la tierra y con el mar son complejas y trascienden los espacios donde producen su sustento. La tierra, los océanos, los ríos, los bosques y la naturaleza toda, además de ser medios de producción, son la base misma de la vida, las culturas y la identidad; y cumplen una función social, ambiental, cultural y espiritual”[55]. De hecho, los y las campesinas, los pueblos indígenas[56], los pastoralistas, los pescadores en pequeña escala y otras personas que producen alimentos a pequeña escala, entre otros grupos, a veces se refieren al término “territorio” para enfatizar que todos los recursos naturales y sus usos están interconectados en las realidades de sus vidas y medios de vida para la realización de su derecho humano a una alimentación y nutrición adecuadas. Por lo tanto, es imposible separar la tierra, la pesca, las semillas y los bosques entre sí, o de las comunidades que los gestionan[57]. Estos recursos son esenciales para lograr la soberanía alimentaria, que se define como “el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos y culturalmente adecuados, accesibles, producidos de forma sostenible y ecológica, y su derecho a decidir su propio sistema alimentario y productivo”[58]. La soberanía alimentaria conlleva el derecho de los pueblos a participar en la toma de decisiones y a definir sus propios sistemas de alimentación y agricultura.

Desde la crisis alimentaria mundial de 2008, el mundo ha sido testigo de una nueva oleada de acaparamiento de tierras y recursos, que ha provocado mayores niveles de concentración de los recursos naturales en manos de agentes poderosos. También ha dado lugar a niveles sin precedentes de marginación, desposesión, desalojos y destrucción de los modos de vida de las comunidades locales, a menudo campesinos, pescadores en pequeña escala, pastoralistas y pueblos indígenas. Las agroindustrias corporativas transnacionales y multinacionales y otras operaciones extractivas/industriales (minería, infraestructuras, etc.) desempeñan una función colosal en estas desposesiones, a menudo con la ayuda de Estados y bancos de desarrollo que las envuelven en el lenguaje de “atraer inversiones”, “crear un entorno propicio para las inversiones privadas” y “flexibilizar la reglamentación para atraer a inversores para el desarrollo económico y la creación de empleo”[59]. Desde 2008, la crisis mundial también ha arrojado luz sobre la función cada vez más importante que desempeñan los agentes y mercados financieros en el fomento de la desposesión, la destrucción de los ecosistemas y las consiguientes violaciones de los derechos humanos. Operan a través de redes de inversión opacas, paraísos fiscales y centros financieros extraterritoriales, con lo que buscan deliberadamente ofuscar sus operaciones y evitar la regulación y la rendición de cuentas[60].

Obligaciones de los Estados

Los Estados tienen la obligación de respetar el derecho a la tierra y los recursos naturales reconociendo y respetando los derechos consuetudinarios y los bienes comunales naturales, y absteniéndose de llevar a cabo desalojos forzosos o cualquier práctica o actividad que destruya o menoscabe arbitrariamente el acceso existente a la tierra y los recursos naturales y el uso y la gestión de estos. Los Estados tienen la obligación de proteger el derecho a la tierra y los recursos naturales impidiendo que terceros (por ejemplo, individuos, grupos o corporaciones) interfieran en el disfrute de este derecho. La obligación de proteger incluye, por ejemplo, la adopción de las medidas legislativas y de otro tipo necesarias y eficaces para regular a terceros y sancionarlos cuando promuevan o participen en desalojos forzosos, despojen a las mujeres de sus derechos, violen los derechos consuetudinarios o contaminen y destruyan los recursos naturales. Los Estados tienen la obligación de realizar el derecho a la tierra y los recursos naturales, por ejemplo, aplicando una reforma agraria y/o acuática cuando los individuos y las comunidades viven en la pobreza debido a un acceso insuficiente o inexistente a la tierra y los recursos naturales. Esto puede requerir priorizar la asignación de tierras, cuerpos de agua, pesquerías y bosques públicos para los grupos marginados, especialmente cuando les fueron arrebatados ilegalmente. En el contexto del cambio climático y la rápida pérdida de biodiversidad, los Estados también han de garantizar la restauración y el uso sostenible de la tierra y otros recursos naturales, protegiendo y reforzando con ello los sistemas de tenencia y gestión de las personas y las comunidades.

Lista de palabras clave

  • Acceso a los recursos naturales y control sobre ellos
  • Reforma agraria
  • Agroecología
  • Agrotóxicos
  • Biodiversidad
  • Cambio climático
  • Derechos/sistemas de tenencia colectivos
  • Bienes comunales
  • Corporaciones
  • Derechos/sistemas de tenencia consuetudinarios
  • Tecnologías/registros digitales
  • Ecosistemas
  • Expulsiones
  • Actividades extractivas
  • Inversores financieros
  • Pesquerías
  • Soberanía alimentaria
  • Bosques
  • Consentimiento libre, previo e informado
  • Justicia de género
  • OMG
  • Pueblos Indígenas
  • Producción industrial de alimentos
  • Derechos de propiedad intelectual
  • Tierra
  • Pastoralistas
  • Campesinos y campesinas
  • Acaparamiento de recursos
  • Restitución
  • Semillas/sistemas de semillas
  • Pescadores en pequeña escala
  • Derechos/sistemas de tenencia
  • Conocimiento tradicional, prácticas e innovaciones
  • Agua y ciclos del agua
  • Mujeres

Principales instrumentos

Preguntas de orientación

Gobernanza de los recursos naturales

    • ¿Existen disposiciones constitucionales y otras disposiciones jurídicas que respeten, garanticen y hagan cumplir el derecho a la tierra, el agua y otros recursos naturales, en particular para las y los campesinos, los pueblos indígenas, los pescadores en pequeña escala, los pastoralistas y otros grupos étnicos y marginados?
    • ¿Se aplican de manera eficaz las medidas existentes para respetar, proteger, garantizar y promover los derechos de tenencia legítimos de forma no discriminatoria, y dan prioridad a los grupos mencionados anteriormente y a otros grupos marginados?
    • ¿Impiden las políticas extractivas nacionales existentes (especialmente en materia de gobernanza de los recursos del subsuelo) el acceso de las comunidades a sus tierras, bosques, pesquerías, recursos hídricos, biodiversidad y otros recursos naturales y el control sobre estos?
  • Por ejemplo, cuando una empresa minera contamina los recursos hídricos de la comunidad, destruye los organismos acuáticos, vierte desechos en los bosques, las tierras de pastoreo o las tierras de cultivo, provocando con ello la pérdida de cosechas.

    • ¿Qué medidas existen para reconocer y proteger los derechos y sistemas de tenencia colectivos y/o consuetudinarios?
    • ¿Qué medidas existen para garantizar los derechos legítimos sobre las tierras, las pesquerías y los bosques de propiedad pública, incluidos los utilizados y gestionados colectivamente (“los bienes comunales”)?
    • ¿Cómo se salvaguardan en las disposiciones constitucionales y jurídicas cuestiones como una compensación adecuada, el reasentamiento y la restitución? ¿Está definida en la ley la noción de “finalidad pública o interés público”?
    • ¿Existen programas y mecanismos accesibles, transparentes, participativos y que tengan en cuenta las cuestiones de género para monitorear eficazmente los resultados de la gobernanza de la tierra y los recursos naturales asociados con vistas a lograr la soberanía alimentaria, la erradicación de la pobreza, el desarrollo rural sostenible y la estabilidad social, entre otras cosas?
  • En particular, los que se encuentran bajo sistemas de tenencia de los pueblos indígenas y otras comunidades con sistemas de tenencia consuetudinarios.

    • ¿Qué medidas existen para evitar la violación de los derechos de tenencia legítimos que actualmente no están protegidos por la ley de las mujeres, los campesinos, los pueblos indígenas, los pescadores en pequeña escala, los pastoralistas, los grupos étnicos y otros grupos marginados? Por ejemplo, ¿existen disposiciones jurídicas que prohíban los desalojos forzosos?
    • ¿Existen contradicciones entre las leyes y los marcos que regulan la gestión de los recursos naturales, la tenencia, la agricultura, las pesquerías y los marcos que regulan otros sectores como, por ejemplo, las actividades extractivas, la minería, el comercio, la protección medioambiental y el cambio climático? ¿Qué mecanismos existen a fin de abordar las contradicciones existentes para garantizar la coherencia de las políticas sobre la base de los derechos humanos?
    • ¿Existen iniciativas para fomentar la colaboración con las autoridades indígenas y otras autoridades consuetudinarias, incluido el fortalecimiento de los derechos de tenencia de las mujeres y el logro de la justicia de género dentro de los sistemas de tenencia consuetudinarios?
  • ¿Existen también medidas para regular, monitorear y exigir cuentas a los agentes no estatales, como las corporaciones y/o los inversores financieros que operan en el sector de la tierra?

  • ¿Hay proyectos de ley o leyes que limiten el acceso al agua y el uso de esta por parte de las comunidades rurales o urbanas, especialmente para las personas que producen alimentos en los pueblos o en otras comunidades étnicas?

  • ¿Se toman también medidas para proteger a las personas vulnerables, por ejemplo, las personas huérfanas o los hogares encabezados por niños y niñas, contra la pérdida de sus derechos de tenencia y el acceso a los recursos naturales?

  • ¿Qué mecanismos existen para garantizar que las mujeres, los campesinos, los pescadores en pequeña escala, los pueblos indígenas, los pastoralistas, los grupos étnicos y otros grupos marginados tienen un acceso efectivo a la justicia?

    • ¿Qué medidas existen para garantizar que los procesos para identificar, demarcar y registrar los derechos de tenencia no sean discriminatorios (también a través de tecnologías digitales), sean transparentes y aseguren la participación efectiva de todas las personas titulares de derechos, en particular de las personas marginadas, teniendo en cuenta los desequilibrios de poder existentes entre los diferentes agentes? ¿Se registran los derechos de tenencia de forma que se garantice la accesibilidad y la pertinencia sociocultural (también en el contexto de los registros digitales)?[61]
    • ¿Tienen derecho los pastoralistas nómadas y los habitantes de los bosques a utilizar las rutas tradicionales (de trashumancia)? ¿Se aplican estas disposiciones de forma efectiva?
    • ¿Pueden las personas que producen alimentos a pequeña escala, incluidas las y los campesinos, los pueblos indígenas, los pastoralistas, los pescadores en pequeña escala y los trabajadores de la pesca, los trabajadores agrícolas y los grupos étnicos, organizarse libremente en asociaciones para defender sus derechos sobre los recursos naturales?
    • ¿Qué mecanismos existen para garantizar la participación efectiva de las organizaciones sociales en los procesos de políticas, en particular las organizaciones de campesinos, pueblos indígenas, pastoralistas, pescadores en pequeña escala (y trabajadores de la pesca), trabajadores agrícolas y grupos étnicos? ¿Tienen en cuenta los desequilibrios de poder existentes entre los diferentes agentes?

Semillas y biodiversidad

    • ¿Qué medidas existen para respetar, proteger, apoyar y promover la conservación y el uso sostenible de la tierra, las pesquerías y los bosques, así como la biodiversidad vegetal y animal, por parte de los y las campesinas, las pescadoras en pequeña escala, las pastoralistas y los pueblos indígenas, en particular las prácticas y los sistemas de producción y gestión agroecológicos y biodiversos?
  • ¿Se reconocen y protegen por ley los distintos sistemas de semillas y prácticas de gestión del campesinado y los pueblos indígenas? ¿Existen políticas y/o programas públicos que respalden los sistemas de semillas y las prácticas de gestión colectiva de semillas de los campesinos y los pueblos indígenas?

    • ¿Se han tomado medidas para reconocer y proteger los conocimientos tradicionales, las prácticas y las innovaciones de las y los campesinos, los pueblos indígenas, los pastoralistas, los pescadores en pequeña escala y los trabajadores de la pesca, etc.?
    • ¿Están limitados los derechos a las semillas de las y los campesinos y los pueblos indígenas por derechos de propiedad intelectual, en particular sus derechos a guardar, utilizar, intercambiar y vender las semillas que seleccionan en sus campos (las “semillas conservadas en las fincas”), especialmente en lo que respecta a las semillas derivadas de variedades protegidas?
    • ¿Qué medidas existen para prohibir o regular el uso de OMG, incluidos los organismos desarrollados mediante nuevas biotecnologías, a efectos de evitar riesgos para la salud humana, el medio ambiente y los ecosistemas?
  • ¿Qué medidas existen para abordar los riesgos derivados del uso de tecnologías emergentes, como la secuenciación digital de la información genética y la edición genética?

    • ¿Permiten los marcos jurídicos las patentes sobre secuencias genéticas?
    • ¿Está regulado y se monitorea el uso de plaguicidas y otras sustancias agrotóxicas a efectos de evitar riesgos para la salud y el medio ambiente?
  • ¿Respetan, protegen y promueven los derechos y las prácticas de gestión de los pueblos indígenas, los campesinos y otras personas y comunidades que tienen una relación especial con la biodiversidad y los ecosistemas y cuyos medios y formas de vida dependen de ellos?

    • ¿Reconocen los marcos normativos y jurídicos existentes la contribución de las personas que producen alimentos a pequeña escala para hacer frente al cambio climático?
    • ¿Existe alguna reglamentación sobre la protección de los polinizadores naturales (abejas, etc.) indispensables para la perpetuidad de la gestión de las semillas por parte de los y las campesinas y los pueblos indígenas?
    • ¿Se han adoptado medidas para respaldar y promover la protección y/o regeneración de los ciclos naturales del agua y la estructura del suelo (por ejemplo, el suelo de turba)?
    • ¿Existen normativas exhaustivas e inclusivas y mecanismos de monitoreo y aplicación para garantizar la prevención de la degradación de la tierra, la deforestación y la contaminación del agua, los suelos y los ecosistemas mediante actividades extractivas, incluido el uso de plaguicidas y otras sustancias agrotóxicas?
    • ¿Existen disposiciones por las que se que crean zonas de pesca accesibles únicamente a los pescadores en pequeña escala, u otras medidas para protegerlos de la pesca industrial? ¿Qué reglamentaciones están en vigor para evitar los daños ecológicos causados por la acuicultura?
    • ¿Se aplican las disposiciones medioambientales relativas a la prevención de la contaminación de la tierra, el agua y los ecosistemas?
    • ¿Qué medidas existen para regular, monitorear y exigir cuentas a los agentes no estatales, como las corporaciones que participan o invierten en actividades que pueden provocar daños medioambientales, incluidos los inversores financieros implicados en la financiación de dichas actividades (bancos, fondos de inversión, compañías de seguros, etc.)?
    • ¿Qué medidas existen para garantizar el consentimiento libre, previo e informado (CLPI) de los pueblos indígenas y otras comunidades, incluidos los campesinos, los pastoralistas y los pescadores en pequeña escala, entre otros, cuando se recojan o utilicen sus semillas, razas, ecosistemas y recursos, así como sus conocimientos tradicionales, prácticas e innovaciones, o cuando se acceda a estos?
    • ¿Hay una supervisión y un control eficaces de las importaciones y la ayuda para evitar la contaminación de las semillas utilizadas por las personas que producen alimentos a pequeña escala (por ejemplo, mediante la introducción de OMG y enfermedades externas)?
    • ¿Existen medidas que restrinjan y limiten la comercialización de productos agrícolas procedentes de semillas campesinas y/o de pueblos indígenas (por ejemplo, requisitos de certificación, medidas fitosanitarias, etc.)?
  • ¿Existen programas de investigación agrícola colaborativos que impliquen a las personas que producen alimentos a pequeña escala en igualdad de condiciones con los investigadores en todos los niveles (diseño, aplicación y monitoreo), garantizando que los resultados de la investigación les beneficien? ¿Se ponen a disposición de la investigación agrícola pública recursos financieros adecuados, y existe transparencia en cuanto a la (co)financiación privada de dicha investigación, incluidas las salvaguardias para evitar el dominio de la investigación por parte de intereses corporativos y los conflictos de intereses?

Acceso a los mercados y las tecnologías digitales

    • ¿Existen políticas para apoyar los mercados locales y territoriales? En caso afirmativo, ¿respetan y garantizan el acceso de las comunidades a los recursos naturales?
    • ¿Existen medidas para respaldar las cadenas cortas de suministro de alimentos y la comercialización de productos por medio de relaciones directas entre productores y consumidores, como la agricultura apoyada por la comunidad y otras asociaciones solidarias?
    • ¿Está supeditado el acceso a los mercados locales por parte de las personas que producen alimentos a pequeña escala al uso de modelos de producción específicos[62]?
    • ¿Existen políticas, programas u otras medidas que promuevan el uso de las tecnologías digitales en el contexto de la alimentación y la agricultura? ¿Tienen en cuenta los derechos, las realidades y las necesidades de las personas que producen alimentos a pequeña escala, o promueven la producción industrial de alimentos?

Sobre la discriminación

    • ¿Tienen derecho las mujeres y otros grupos de género frecuentemente discriminados a heredar y poseer tierras y otras propiedades, independientemente de su estado civil?
    • ¿Existen medidas en vigor para reconocer y proteger los derechos y sistemas de tenencia consuetudinarios, especialmente los de los grupos marginados, como las minorías/grupos étnicos, los pueblos indígenas, los dalit, etc.?
    • ¿Sufren exclusión o discriminación las mujeres u otros grupos marginados en el ejercicio de los derechos sobre los recursos naturales?
    • ¿Existen mecanismos para que las mujeres, los campesinos, los pueblos indígenas, los pescadores artesanales, los pastoralistas y todas las comunidades rurales participen de manera informada y efectiva en la formulación, adopción, aplicación y monitoreo de todas las políticas que les afectan, incluidas las políticas agrarias, comerciales, de minería y de desarrollo rural, teniendo en cuenta los desequilibrios de poder existentes entre los distintos agentes?
    • Los marcos normativos y jurídicos en el contexto de la agricultura y las semillas, ¿discriminan (de jure y/o de facto) las semillas y los sistemas de semillas campesinos y de los pueblos indígenas en beneficio de las semillas industriales?
    • ¿Qué mecanismos existen para promover la justicia de género y afrontar las situaciones de discriminación contra las mujeres u otros grupos marginados dentro del derecho o los sistemas de tenencia y gestión consuetudinarios, con el objetivo de fomentar la colaboración con las autoridades consuetudinarias?
    • ¿Reconocen los marcos jurídicos y reglamentarios existentes los derechos específicos de los pueblos indígenas consagrados en el Convenio núm. 169 de la OIT y la DNUDPI? ¿Se respetan los derechos de los pueblos indígenas a sus territorios ancestrales y al consentimiento libre, previo e informado sobre todo proyecto que afecte a sus territorios y tierras tradicionales?

Dónde encontrar respuestas a las preguntas

  • Ministerios nacionales, como el de agricultura y desarrollo rural, tierras, agua y minería, medio ambiente y protección de la naturaleza, investigación científica e innovación, comercio e inversión, cuestiones de género y minorías. Información adicional sobre políticas/directrices/programas/informes.
  • Instituto nacional de estadística. Registros nacionales de tierras y bosques, sitios web gubernamentales dedicados a la flexibilización de las reglamentaciones y al atractivo empresarial/las que crean zonas económicas especiales. Todo ello le permitirá obtener estadísticas de referencia útiles para destacar la escala de una violación.
  • Organizaciones que representan a personas que producen alimentos a pequeña escala, trabajadores agrícolas y alimentarios, pueblos indígenas, mujeres y grupos étnicos a nivel nacional y local.
  • Periodistas de investigación que han elaborado informes sobre el tema en cuestión. A veces disponen de información y estadísticas adicionales que reforzarán su informe.
  • OSC afines que trabajan por la justicia social (por ejemplo, sus informes e información en sitios web).

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Sariaya – La revocación de la reforma agraria y sus efectos en el derecho a una alimentación y nutrición adecuadas de los agricultores a pequeña escala

En Filipinas, las y los campesinos sin tierras y los agricultores a pequeña escala celebran tradicionalmente el 10 de junio como el día de la reforma agraria en Filipinas. En 1988 se promulgó el Programa de reforma agraria integral (CARP) para promover la equidad y la justicia social y redistribuir tierras según el principio de la Constitución de “la tierra para el que la trabaja”. A día de hoy, se han distribuido 4,8 millones de hectáreas de tierras a cerca de 3 millones de beneficiarios de la reforma agraria. Aunque muchas personas pudieron beneficiarse de los frutos de la tierra, lo que no consta en los registros oficiales son los campesinos que posteriormente perdieron sus tierras reformadas debido a las revocaciones de la reforma agraria. Las personas que producen a pequeña escala en Sariaya son uno de esos casos. El municipio de Sariaya, situado en la provincia de Quezón, es un municipio agrícola de primera clase, con una superficie total de 24 631 hectáreas. Según el Departamento de Reforma Agraria, gracias al CARP se ha cubierto más del 98 % del objetivo de distribución de tierras (6 263 hectáreas), que se han distribuido a 5 073 familias rurales. La redistribución de tierras en Sariaya se complementó con servicios de apoyo, entre otros, carreteras entre las explotaciones agrícolas y los mercados, almacenes, secadoras solares para los arroceros, un puesto de comercio y la formación necesaria, que realmente proporcionaron la base para que los y las campesinas utilizaran su tierra y realizaran su derecho a la alimentación y a la nutrición. Con el tiempo, Sariaya se transformó con éxito en una cesta de alimentos que satisface las necesidades alimentarias diversificadas y nutritivas de millones de filipinos no solo en la provincia de Quezón, sino también en las provincias tagalas del sur, la región de Bicol y Metro Manila. Al cabo de 10 años de redistribución, la tasa de pobreza se redujo drásticamente, y Sariaya se convirtió en una verdadera historia de éxito, dando esperanzas y alentando a muchas personas que siguieron luchando por su acceso a la tierra. No obstante, los logros de esta reforma están siendo revertidos y se ven continuamente amenazados debido a los intentos de revocar la redistribución de tierras utilizando una ordenanza de zonificación anticuada, que recalifica los usos agrícolas en usos no agrícolas.

Dos casos de revocaciones, uno ya en 2004 y otro en 2013, han afectado a unas 100 familias agrícolas. En el último caso, en noviembre de 2020, el Tribunal Supremo denegó con carácter definitivo un recurso presentado por 255 campesinos para que se reconsiderara una resolución de un tribunal inferior de junio de 2018, que favorecía al antiguo propietario para eximir del CARP tierras ya reformadas. La decisión del Tribunal Supremo amenazará gravemente el derecho a la alimentación y a la nutrición de 255 campesinos y sus familias, así como de muchas otras cuyos casos de anulación del Certificado de adjudicación de propiedad de la tierra están actualmente pendientes en distintos niveles de procesos legales. Hasta la fecha, 349 familias agrícolas que cultivan un total de 680 hectáreas de tierra han sido despojadas de sus títulos por medio de decisiones de exención de tierras ya reformadas. En un momento de gran inseguridad alimentaria y aumento del hambre en el país, que registrará una cifra récord del 20 % en 2020 debido al impacto combinado de los confinamientos inducidos por la COVID-19 y la devastación de la producción agrícola por una serie de fuertes tifones, la revocación de la reforma agraria en zonas que proporcionan alimentos a millones de personas, como Sariaya, erosionará aún más la capacidad del país para alimentarse en los próximos años.