Los derechos laborales

Los derechos laborales

Introducción

Las personas que trabajan en los sistemas alimentarios están a menudo entre las más marginadas y las que más sufren inseguridad alimentaria. El derecho a una alimentación y nutrición adecuadas de todas las personas no puede realizarse si otras personas tienen que ser marginadas y sometidas a violaciones de los derechos humanos. Por este motivo, garantizar los derechos humanos de las personas que trabajan en los sistemas alimentarios forma parte de la realización del derecho a una alimentación y nutrición adecuadas y de la construcción de una sociedad basada en el respeto de los derechos humanos.

¿Quiénes son las personas que trabajan en los sistemas alimentarios?

Las personas que trabajan en los sistemas alimentarios se dedican a la producción y la transformación de alimentos, así como al servicio alimentario. Entre ellas figuran las y los trabajadores de la agricultura y las plantaciones, los de la pesca, los del sector de la transformación de alimentos y los de los servicios alimentarios. Los trabajadores pueden ser autónomos o asalariados, y a menudo son mujeres, migrantes, jóvenes, personas LGBTQI+ y trabajadores irregulares (indocumentados), que hacen frente a desafíos múltiples e interseccionales en el trabajo que afectan a la realización de su derecho a una alimentación y nutrición adecuadas y los derechos humanos conexos.

Datos básicos sobre las personas que trabajan en los sistemas alimentarios

  • Según la OIT, el 40 % de los 1 100 millones de personas que trabajan en la agricultura lo hacen como trabajadores agrícolas asalariados.
  • En las explotaciones agrícolas, las plantaciones y otros ámbitos de la agricultura, las y los trabajadores proceden de los grupos sociales más oprimidos. Se les discrimina por razones de género, orientación sexual, raza, religión o casta. Las trabajadoras agrícolas son las más afectadas, ya que sufren acoso sexual y otras formas de violencia de género.
  • Según la OIT, el 70 % de los y las niñas que trabajan lo hacen en la agricultura (108 millones de niñas y niños), principalmente en la agricultura de subsistencia y comercial y en la cría de ganado[40].
  • Entre 660 y 880 millones de personas, es decir, entre el 10 % y el 12 % de la población mundial, dependen directa o indirectamente de la pesca. De ellas, unos 120 millones de personas dependen directamente de las actividades relacionadas con la pesca para sus medios de vida, 60 millones están directamente empleadas, ya sea a tiempo completo, a tiempo parcial o de manera informal como pescadores o piscicultores.

Obligaciones de los Estados

¿Qué obligaciones tienen los Estados con los trabajadores en virtud del derecho a una alimentación y nutrición adecuadas? Ante todo, los Estados deberían garantizar que todas las personas que trabajan en los sistemas alimentarios —trabajadores agrícolas, incluidos los migrantes y temporeros[41], y otros trabajadores— no queden excluidas de la protección legislativa, como ocurre a menudo en muchos países. Las exclusiones legislativas hacen que estos trabajadores no puedan “ejercer sus derechos fundamentales de reunión o asociación y no tienen acceso a vías de recurso cuando se vulneran sus derechos”[42]. Todos los trabajadores deberían beneficiarse de las protecciones legislativas, incluida la protección para organizarse colectivamente y formar sindicatos[43]. Esto incluye a las personas que trabajan en los sectores formales e informales[44]. En segundo lugar, los Estados deberían erradicar y prevenir el trabajo forzoso[45] y el trabajo infantil[46]. En tercer lugar, los Estados deberían establecer salarios mínimos en un nivel de salario mínimo vital[47], a fin de hacer frente a la tendencia a la precariedad del empleo y de garantizar los derechos de las mujeres a la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor[48]. En cuarto lugar, los Estados deberían garantizar condiciones de trabajo dignas y seguras en todos los sectores, legislando en el ámbito de la salud y la seguridad ocupacional, incluida la regulación del uso de plaguicidas[49]. En quinto lugar, los Estados deberían abordar las legislaciones, políticas y prácticas que limitan el acceso de las mujeres a los lugares de trabajo[50]. “Deberían examinar las leyes, normativas y políticas pertinentes que limitan el acceso de las mujeres rurales al empleo decente y eliminar las prácticas que discriminan a la mujer en los mercados de trabajo rurales, por ejemplo, no contratar mujeres para determinados trabajos”[51]. También deberían abordar otras condiciones de trabajo para las mujeres, como la licencia de maternidad remunerada, la prevención del acoso sexual y la explotación en el lugar de trabajo, el acceso a las guarderías, etc.[52]. Por último, los Estados deberían garantizar que existen mecanismos para la inspección de las condiciones en el lugar de trabajo, incluido para los trabajadores migrantes, y el cumplimiento de la legislación laboral y de empleo[53].

Lista de palabras clave  

  • Derecho a la libertad de asociación
  • Derecho a la negociación colectiva
  • Salud y seguridad ocupacional en el trabajo
  • Igualdad de derechos independientemente de la identidad de género y la orientación sexual
  • Salario mínimo vital
  • Igualdad de remuneración por trabajo de igual valor
  • Acceso a la protección social
  • Inspección laboral
  • Trabajo infantil
  • Esclavitud y trata de seres humanos, trabajo en condiciones de servidumbre
  • Exposición a sustancias peligrosas
  • Acoso sexual y violencia de género en el mundo del trabajo
  • Discriminación
  • Explotación económica y exclusión social
  • Protección de maternidad
  • Derechos sexuales y reproductivos
  • Trabajo de cuidados[54]

Principales instrumentos

“Los convenios «fundamentales» de la OIT cubren a todas las personas trabajadoras, sin importar quiénes sean y dónde estén. Se aplican por igual a las trabajadoras y trabajadores migrantes, independientemente de su condición. Los trabajadores migrantes, ya sean regulares o irregulares «sin distinción alguna», tienen derecho a afiliarse y a crear un sindicato. Tienen derecho a ocupar cargos en los sindicatos. Tienen derecho a estar protegidos frente a toda forma de discriminación”. Para más información, véase: WORKERS AND UNIONS ON THE MOVE. Organising and defending migrant workers in agriculture and allied sectors. UITA (2008).

Preguntas de orientación

Gobernanza

    • ¿Garantiza su Estado la libertad de todas las personas trabajadoras, independientemente de dónde y cómo trabajen, para formar organizaciones de su elección y afiliarse a estas sin temor a represalias o intimidación, y el derecho a la negociación colectiva? (por ejemplo, constitución, derecho laboral, derecho sindical)
    • ¿Son fáciles los procedimientos de registro y pueden las trabajadoras y trabajadores autoorganizarse?
    • ¿Está su Estado tomando medidas para formalizar y regular a las personas trabajadoras en los sectores informales mediante, por ejemplo, el reconocimiento jurídico, la protección social y otras prestaciones, entre otras cuestiones? ¿Tiene en cuenta el proceso de formalización las reivindicaciones de los diferentes grupos de trabajadores y son estos consultados, pueden poner en común sus conocimientos y trabajar en soluciones para garantizar las mejores políticas?
    • ¿Prohíbe la legislación laboral el trabajo infantil y exige cuentas a los infractores por sus delitos?
    • ¿Pueden todas las personas trabajadoras (tanto en la economía formal como en la informal) participar en la elaboración de políticas y en la toma de decisiones esenciales para los sistemas alimentarios (trabajo, agricultura, medio ambiente, salud, etc.)?
    • ¿Están las trabajadoras y trabajadores bien representados en los consejos alimentarios locales/nacionales?
    • ¿Existen normativas claras y marcos de rendición de cuentas para hacer que los empleadores, incluidas las corporaciones transnacionales, rindan cuentas por las acciones que socavan los derechos humanos de las personas que trabajan en los sistemas alimentarios y la nutrición, incluido extraterritorialmente?

Protección y regeneración de la naturaleza

    • ¿Existen legislaciones que den prioridad a los trabajadores en la asignación de tierras, zonas de pesca y bosques públicos en el marco de la reforma agraria?
    • ¿Apoya su Estado a los trabajadores rurales y urbanos para que desarrollen y creen iniciativas comunitarias encaminadas a producir alimentos?

Condiciones seguras y saludables de trabajo y protección social

    • ¿Tienen acceso los trabajadores y trabajadoras a servicios sanitarios y otros programas de protección social?
    • ¿Se está tomando medidas para hacer frente al acoso sexual, abuso, violencia y discriminación de los trabajadores, especialmente las mujeres, por parte de sus supervisores u otros trabajadores?
    • ¿Se pone a disposición agua limpia y segura en los lugares de trabajo en todo momento?
    • ¿Asegura su Estado condiciones de trabajo adecuadas para las trabajadoras y trabajadores, incluida la protección contra el contacto con sustancias nocivas en el sector alimentario y agrícola?
    • ¿Protege el Estado a las personas trabajadoras frente a la exposición a productos peligrosos, plaguicidas, herbicidas, antibióticos u otros productos tóxicos relacionados con la producción de alimentos para garantizar la salud reproductiva de las trabajadoras y la salud y el bienestar de sus hijos e hijas?
    • ¿Existe una licencia de maternidad y paternidad remunerada? ¿Proporcionan los empleadores salas de lactancia en el trabajo y tiempo para amamantar o extraer leche durante las horas de trabajo?
    • ¿Tienen acceso los trabajadores y trabajadoras a opciones alimentarias saludables en los lugares de trabajo (por ejemplo, cafeterías en las que puedan almacenar y calentar la comida preparada en el hogar y con infraestructuras adecuadas para comer)? ¿Tienen suficiente tiempo para descansar y comer?
    • ¿Están protegidas por la legislación nacional las condiciones de trabajo y de vida seguras y saludables? ¿Están garantizadas para todas las personas trabajadoras, en todas las fases de producción, transformación y distribución? ¿Son conformes con los convenios de la OIT y los acuerdos de negociación colectiva? ¿Garantiza el Estado que se pagan salarios mínimos vitales?
    • ¿Dispone su Estado de regulaciones para supervisar las condiciones laborales de las personas que trabajan en la economía informal?
  • Por ejemplo, obligando a los trabajadores a trabajar más tiempo, no pagando unos ingresos mínimos, cobrando honorarios exorbitantes por un trabajo, recortando los salarios, cobrando en exceso por el transporte, la vivienda y la comida o cambiando unilateralmente las condiciones de empleo.

    • ¿Son expuestas las personas trabajadoras a sustancias químicas tóxicas debido a la aplicación de plaguicidas o herbicidas (que a menudo se realiza sin la protección adecuada), a la manipulación de productos que han sido fumigados recientemente o, en algunos casos, por estar directamente en la trayectoria de una aplicación de plaguicidas?
    • ¿Protege el Estado a las trabajadoras y trabajadores del despido ilegal o la exclusión por parte de los empleadores porque se organizan o presentan quejas?
    • El Estado, como parte integral de la transición hacia la agroecología, ¿ha prestado especial atención a garantizar que todas las personas empleadas en sectores insostenibles de la producción, la transformación, el comercio y la venta al por menor de alimentos encuentren nuevas oportunidades adecuadas para llevar una vida digna?

Salarios dignos

    • ¿Existe un salario mínimo legal en el país? ¿Es el mismo para los trabajadores y las trabajadoras?
    • ¿Pueden las personas trabajadoras comprar alimentos (suficientes en calidad, cantidad y diversidad para permitir una dieta variada y saludable) y satisfacer sus necesidades básicas y las de sus familias por medio de sus salarios/ingresos?
    • ¿Hay retrasos en el pago de los salarios? En tal caso, ¿cómo repercute esto en la capacidad de los trabajadores para alimentarse?
    • ¿Se remuneran las bajas por enfermedad de las trabajadoras y trabajadores? ¿Se paga a los trabajadores por las horas extraordinarias o por trabajar los fines de semana o los días festivos?
    • ¿Han sufrido las trabajadoras y trabajadores una disminución real de sus salarios/ingresos debido a las decisiones públicas, la falta de supervisión pública de todos los empleadores (el empleador puede ser un productor privado a pequeña escala o el propietario de una gran plantación, o una explotación agrícola estatal/cooperativa), o cualquier otro motivo?
    • ¿Han perdido los trabajadores empleos debido a las medidas mencionadas anteriormente? ¿O se han visto obligados a adoptar nuevas formas de trabajo (por ejemplo, como trabajadores de temporada o indocumentados) para subsistir?
    • ¿Se exige por ley/política [legislación] que la inspección laboral inspeccione todos los lugares de trabajo en los sistemas alimentarios, y se lleva esta a cabo sin notificación previa y de una manera abierta que no genere miedo entre las personas trabajadoras? (por ejemplo, el miedo a ser denunciadas o a perder el empleo por ser trabajadores indocumentados).

Cultura, relaciones sociales y conocimientos

    • ¿Dispone su Estado de una política de cuidados que reconozca, reduzca y redistribuya el trabajo de cuidados no remunerado en forma de dinero (incluidas las transferencias y prestaciones de protección social relacionadas con los cuidados), servicios (por ejemplo, la provisión de servicios de cuidado de niños y niñas y personas mayores) y tiempo? ¿Existen en la normativa laboral políticas de permiso parental y otras disposiciones de trabajo que favorezcan a la familia?
    • ¿Disponen las trabajadoras y trabajadores de tiempo suficiente para cocinar adecuadamente (y no verse inducidos o recurrir a productos comestibles ultraprocesados debido a las limitaciones de tiempo)?
    • ¿Proporciona su Estado asistencia humanitaria alimentaria y de subsistencia a los trabajadores en situaciones de emergencia y crisis?

Discriminación e interseccionalidad

    • ¿Existe discriminación en la ley o en la práctica en términos de empleo, salarios o condiciones de trabajo por razón de sexo, embarazo, parto, identidad de género/orientación sexual (LGBTQI+), grupo étnico/social, etc.?
    • ¿Adopta el Estado medidas para afrontar y poner fin a la discriminación de las mujeres y las personas trabajadoras LGBTQI+ en ámbitos como el empleo, los salarios y las condiciones de trabajo, y la protección social? (véase el módulo sobre los derechos de las mujeres)
    • ¿Existe una legislación laboral que impida la discriminación o la limitación en el acceso a los lugares de trabajo para las mujeres embarazadas o los trabajadores que superen una edad determinada?
    • ¿Se discrimina a las personas trabajadoras migrantes e indocumentadas, o a cualquier otro trabajador, en términos de salario, beneficios y horas de trabajo en comparación con otros trabajadores que son locales y regulares?
    • ¿Garantiza su Estado que las condiciones de trabajo respetan la diversidad cultural y responden a las necesidades de todas las personas trabajadoras, por medio de la negociación colectiva?

Dónde encontrar las respuestas a las preguntas

Los derechos laborales

Las trabajadoras indias de las plantaciones de té exigen su derecho al agua y al saneamiento

Las trabajadoras del té de las plantaciones de Assam y Bengala Occidental (la India) no reciben salarios mínimos vitales adecuados, y sus condiciones de trabajo son duras y físicamente arduas. Sin equipos de protección, las trabajadoras que fumigan los arbustos de té están expuestas regularmente a los plaguicidas. Las recolectoras de té, que suponen cerca de la mitad de la mano de obra, sufren violaciones de sus derechos humanos, especialmente de su derecho a una alimentación y nutrición adecuadas, y de los derechos a la vivienda, el trabajo, el agua y el saneamiento, etc. Por regla general, las trabajadoras de las plantaciones sufren violaciones de sus derechos y prestaciones de protección de la maternidad, y afrontan una discriminación rampante en el trabajo. Los salarios que reciben son inferiores a los de los hombres, y tienen pocas oportunidades, si es que las tienen, de mejorar sus capacidades. Estas violaciones en el lugar de trabajo se ven agravadas por las violaciones generalizadas de los derechos humanos que afrontan en sus condiciones de vida. No obstante, las trabajadoras están resistiendo: Con el apoyo de la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), están adoptando sus propias iniciativas para analizar la calidad del agua disponible en las plantaciones, así como las instalaciones de saneamiento. Posteriormente, los resultados se presentan periódicamente a las empresas, exigiéndoles que coloquen tuberías de agua y letrinas en las zonas definidas por los equipos de agua y saneamiento de las trabajadoras. Del mismo modo, en respuesta a la acción legal interpuesta por la UITA en colaboración con algunos sindicatos, en abril de 2018 el Tribunal Supremo de la India ordenó a los gobiernos de los estados de Assam y Bengala Occidental que realizaran un pago provisional de los atrasos salariales y de prestaciones pendientes desde hacía tiempo a las trabajadoras del té. La lucha de las trabajadoras por el derecho a una alimentación y nutrición adecuadas continúa, ya que exigen ser incluidas en la Ley del Salario Mínimo, de la que actualmente están excluidas. La Red Mundial por el Derecho a la Alimentación y a la Nutrición prestó apoyo a las trabajadoras del té por medio de una misión de investigación en las plantaciones de té en 2015.